
Cuidado con la licencia y el domicilio del DNI
- aacasa
- Gurú !
- Mensajes: 1086
- Registrado: 03 Sep 2018, 08:43
- Auto: Prisma LTZ
- Agradecido : 62 veces
- Agradecimiento recibido: 206 veces
Re: Cuidado con la licencia y el domicilio del DNI
Volvemos siempre al mismo punto, nos quejamos de la corrupción, pero somos los primeros en tratar de violar/ doblar/ forzar/ flexibilizar/ estirar las normas.... en definitiva, somos Argentos... 

- calculin
- Genio
- Mensajes: 195
- Registrado: 14 Jun 2014, 22:09
- Auto: Prisma LTZ AT
- Ubicación: Caballito, C.A.B.A.
- Agradecido : 19 veces
- Agradecimiento recibido: 62 veces
- Contactar:
Re: Cuidado con la licencia y el domicilio del DNI
Gracias por tu aclaración, pero me queda una duda.javier_tejedor escribió:El poseedor del DNI esta obligado a comunicar que cambio el domicilio, por lo que la discusion es concurrente, una cosa implica la otra, y la otra a la ultima.sneide escribió:Esto no es ninguna solución, puesto que, yo me cambio el domicilio en el DNI hoy 22/3, tengo 90 días para hacer el cambio en el registro de conducir, si eso no sucede, el registro caduca. En el ejemplo que vos citás, cuando vallas a renovar el registro con el "Nuevo" DNI con domicilio actualizado, te lo rebotan por no coincidir, por el contrario, si vamos a renovar el registro con el DNI viejo entonces también lo rebotan ya que, el mismo tiene una letra de ejemplar, A, B, C, D, etc. Ellos validan que estás renovando con un ejemplar que no es el último que expidió el renaper y a comerla. En caso de tener un siniestro durante este período, si presentamos el dni que concida con el registro y al este no ser el último, entonces el seguro no paga. Si perdemos el auto, es un bien material que con el tiempo se repone, pero si tenemos un accidente que involucre un lesionado grave entonces el seguro tampoco cubre y podemos perder todo lo que tengamos a nuestro nombre por un juicio.calculin escribió:guardarse un DNI con la direccion anterior y usarlo hasta que venza el registro.
No hablo al pedo, trabajé varios años en una compañía se seguros en un proyecto dónde le programábamos un sistema comercial nuevo y este validaba la información del último DNI expedido por renaper como así también datos de Nosis, Veraz, etc. Si había una mínima diferencia, entonces apelaban a la ley que no recuerdo el número y no pagaban, esto lo tenía completamente olvidado ya que hace mas de 10 años dejé ese proyecto y cuando fuy a renovar, me recordaron todo.
DNI > LICENCIA > SEGURO.
Yo me referia a un cambio de domicilio dentro de la misma jurisdicción, es decir cambiar de domicilio dentro de CABA (o dentro de una municipalidad determinada).
El espíritu de la ley deberia ser ai salis de la jurisdicción, pero si la ley habla de domicilio "a secas", estamos embromados.
El primer amor nunca se olvida.
El coche del avatar es mi primer auto, un Opel Olympia Caravan 1956.
El coche del avatar es mi primer auto, un Opel Olympia Caravan 1956.
-
- Arrancando
- Mensajes: 39
- Registrado: 09 Sep 2019, 11:44
- Auto: Onix LT
- Agradecido : 54 veces
- Agradecimiento recibido: 16 veces
Re: Cuidado con la licencia y el domicilio del DNI
Hola! En ese caso creo que estaría OK ya que no es cambio de jurisdicción, debajo pego la evidencia que encontré de esto:calculin escribió:El espíritu de la ley deberia ser ai salis de la jurisdicción, pero si la ley habla de domicilio "a secas", estamos embromados.
El espíritu de mi post es crear conciencia de estas cosas que la mayoría de las personas, me incluyo, desconoce ya que no se publican en ningún lado.
ARTICULO 18. — MODIFICACION DE DATOS. El titular de una licencia de conductor debe denunciar a la brevedad todo cambio de los datos consignados en ella. Si lo ha sido de jurisdicción, debe solicitar otra licencia ante la nueva autoridad jurisdiccional, la cual debe otorgársela previo informe del Registro Nacional de Antecedentes del Tránsito contra entrega de la anterior y por el período que le resta de vigencia.
Si cambió de jurisdicción, debe realizar el cambio de licencia en el nuevo Municipio antes de los 90 días, caso contrario deberá rendir todos los exámenes (psicofísico, teórico y práctico) al momento de la renovación Ley N° 24.449, Titulo N° 3, Capitulo N° 2, Artículo N° 18
Fuente: http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm